Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «5. Consultar a los pueblos y comunidades de forma previa, adecuada, efectiva y de plena conformidad con los estándares internacionales aplicables a la materia, en el eventual caso que se pretenda realizar alguna actividad o proyecto de extracción de recursos naturales en sus tierras y territorios, o plan de desarrollo o explotación de cualquier otra índole que implique potenciales afectaciones a su territorio. »
Código de referencia IT-400/22-05 Fecha de recomendación 16/12/2022 Mecanismo Informe Temático
Derechos relacionados
  • Obligación estatal de respeto y garantía de los derechos humanos
  • Derecho a la libertad de pensamiento y de expresión
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Arts. 1, 2, 13
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 133, 135, 168 ordinales 1° y 8°. Ley de Medio Ambiente: Arts. 2, 3, 6
Observaciones Informe temático: «Personas defensoras del medio ambiente en el Norte de Centroamérica»: https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/2023/NorteCentroamerica_MedioAmbiente_ES.pdf/nan
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