Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación «1. Promover una cultura de legitimación y protección de la labor de las personas defensoras del medio ambiente y de sus organizaciones que reconozca públicamente e inequívocamente la importancia de su trabajo en la construcción de sociedades democráticas, así como en asuntos ambientales y el desarrollo sostenible. El compromiso de esta política debe reflejarse en cada uno de los niveles del Estado y en cada poder del Estado.»
Código de referencia IT-400/22-01 Fecha de recomendación 16/12/2022 Mecanismo Informe Temático
Derechos relacionados
  • Obligación estatal de respetar los derechos humanos
Instituciones responsables
  • Órgano Ejecutivo (OE)
  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana sobre Derechos Humanos: Art. 1
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 133, 135, 168 ordinales 1° y 8°, y 194 romano I. Ley del Medio Ambiente: Art. 6
Observaciones Informe temático: «Personas defensoras del medio ambiente en el Norte de Centroamérica»: https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/2023/NorteCentroamerica_MedioAmbiente_ES.pdf/nan
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