Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "El Estado debe pagar las cantidades fijadas en los párrafos 255, 258 y 267 de la presente sentencia, por concepto de indemnización por daño material e inmaterial y por el reintegro de costas y gastos, según corresponda, en los términos de los párrafos 272 a 278 de la misma."
Código de referencia S-14102014-285-09 Fecha de recomendación 14/10/2014 Mecanismo Sentencia
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Obligación Estatal de respetar todos los derechos humanos
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos: art.5 y art.68.2
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art.17 inc 1; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art.32 num. 1 y 4; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 36 No. 1
Observaciones
Actualización
Regresar