Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "Adoptar medidas adicionales para combatir la discriminación y violencia contra personas LGBTI. Es necesario adoptar una ley de identidad de género y otras medidas que permitan erradicar los prejuicios sociales existentes sobre la identidad de género y la orientación sexual."
Código de referencia IA-063/15-03 Fecha de recomendación 06/08/2015 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derecho a la identidad de género
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos, Arts. 11.2, 11.3, 18 y 24.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 ord. 5°, Art. 133 ord. 2°, Art. 194 rom. I ord. 8°; Disposiciones para Evitar toda forma de Discriminación en la Administración Pública por razones de identidad de género y/o identidad sexual. Decreto Ejecutivo N°56-2010 publicado en el Diario Oficial en el tomo N° 387 de fecha 12 de mayo de 2010: Arts. 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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