Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, y de forma inmediata, adecuada y efectiva, el tratamiento psicológico y/o psiquiátrico si así lo solicitan, previo consentimiento informado, incluyendo el suministro gratuito de los medicamentos que eventualmente se requieran, en los términos de los párrafos 215 a 216 de la presente sentencia."
Código de referencia S-15102015-303-04 Fecha de recomendación 05/10/2015 Mecanismo Sentencia
Derechos relacionados
  • Derecho a la integridad física y moral
Instituciones responsables
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos: Art.5
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art.1 inc 3, art.65; Código de Salud: art.54
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