Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "la CIDH urge al Estado seguir avanzando en la investigación de estos graves crímenes, la identificación de sus responsables, la aplicación de sanciones y la determinación de reparaciones justas. Dado que la situación de impunidad propicia la repetición de estos hechos, los avances en la obtención de justicia también permitirán prevenir futuras violaciones a los derechos humanos."
Código de referencia IA-012/17-01 Fecha de recomendación 09/02/2017 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
Instituciones responsables
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el contexto del conflicto armado de El Salvador (CONABÚSQUEDA)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos durante el Conflicto Armado Interno de El Salvador (CNB)
  • Fuerza Armada de El Salvador (FAES)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos, art. 8, 13, 25 y 63, 1.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 14, 149, Art. 168 num. 1, 9, Art. 172, Art. 191, 193 ord. 3°, 194 rom. I num. 4, Art. 194 rom. II num. 1, Art. 211 y Art.213; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Art. 2, 9, 10, 11, 12, 15, art. 16 y Art. 18 lit. d) y n); Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil: art. 23 num. 1, 5, 22 y art. 31 num. 1, 2; Ley Orgánica Judicial: Art. 1; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República: art. 3; Ley Orgánica de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: art. 2, 11 ord. 2° y 4°, 12, 34, 35, 37, 38, 39; Ley Orgánica de la Fuerzas Armadas de El Salvador: Art. 1, 27; Decreto Ejecutivo N°33 de 21/08/2017, publicado el Diario Oficial N°153, Tomo N°416 de fecha 21/08/2017: Art. 6 lit.i); Decreto Ejecutivo N°5 de 15/01/2020, publicado en el Diario Oficial N°11, Tomo N°386 de fecha 18/01/2010: Art. 3 lit. i); Decreto Ejecutivo N°33 de 21/08/2017, publicado el Diario Oficial N°153, Tomo N°416 de fecha 21/08/2017: art. 5; Código Procesal Penal: Art. 5, 74, 75, 76, 77, 78; Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil:Art. 13, 23 núm. 12.
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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