Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "La CIDH insta a El Salvador a adoptar legislación dirigida a garantizar a las mujeres el ejercicio efectivo de sus derechos sexuales y reproductivos, en el entendido que la denegación de la interrupción voluntaria del embarazo en determinadas circunstancias puede constituir una vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes."
Código de referencia IA-011A/18-13 Fecha de recomendación 29/01/2018 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la salud
  • Derechos a la salud sexual y reproductiva
  • Derecho a la libertad personal
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos, Arts. 4, 5 y 7. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), Arts. 1, 2, 3 y 10. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Arts. 3, 4, 6, 7 lit. c) y h); Art. 8 y 9.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 ord. 5°, Art. Art. 133 ord. 2°, Art. 194 rom. I ord. 8°; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 23 lit. d); Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres: Arts. 26, Arts. 38 y 39 lit. c); Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Arts. 25 lit. c), 30 y 32
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
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