Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Recomendación "(…) garantizar la vida e integridad de las personas privadas de libertad, a través de la no renovación de las medidas extraordinarias de seguridad (...) Dichas medidas, vigentes desde hace casi dos años, han ocasionado serios riesgos para la vida e integridad de las personas detenidas en los centros en los que dichas medidas se encuentran vigentes."
Código de referencia IA-063/18-01 Fecha de recomendación 26/03/2018 Mecanismo Informe Anual
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la vida
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Policía Nacional Civil (PNC)
  • Dirección General de Centros Penales (DGCP)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
Fuente que surge la recomendación Convención Americana de Derechos Humanos, Arts. 4, 5 y 11.3. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Arts. 3; 10.2.b y 10.2.c. Convención Interamericana par Prevenir y Sancionar la Tortura, Arts. 2, 3, 4 y 6.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Arts. 131 ord. 5, Art. 133 num. 2, Arts. 27 inc. final, Arts.174 y 183, Art. 194 rom. I ord. 1, 8, 9 y 10; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Arts. 35 num. 1, 6, 11 y 12; Ley Penitenciaria: Arts.1, 9 num. 1, 2, 4, 9, 10 y 11;10 y 21 num. 1 y 72, Arts. 9 num. 1, 2, 4, 9, 10 y 11; 21 num. 1 y 25, Art. 40, Art. 35
Observaciones Recomendación obtenida de Comunicado de Prensa. El OUDH ha incluído a los comunicados de prensa como parte de los Informes Anuales de la CIDH
Actualización
Regresar