Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Asegurar que los procesos de revisión de tarifas se desarrollen de una forma transparente y participativa, y que la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados lleve a cabo investigaciones para evaluar si el modelo de tarifas progresivas por bloques de consumo está efectivamente garantizando el subsidio cruzado con transferencia financiera desde las personas con mayores capacidades económicas hacia las personas con menores recursos.
Código de referencia A/HRC/33/49/Add.1-96j Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho humano al agua y al saneamiento
  • Marco jurídico y reforma legal
Instituciones responsables
  • Ministerio de Economía (MINEC)
  • Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento acerca de su misión a El Salvador (REDHAPS).
Base legal de las competencias de las instituciones. Ley de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados: Art. 3 literal p); Ley de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados: Art. 78; Ley de Desarrollo y Protección Social: Art. 3 Lit. a y b.
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