Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Crear una base de datos genética que permita, con arreglo a las normas y las mejores prácticas internacionales, buscar a las personas desaparecidas
Código de referencia A/HRC/38/44/Add.2-110c Fecha de recomendación 07/12/2018 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Fortalecimiento institucional
  • Derecho a la integridad física y moral
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos durante el Conflicto Armado Interno de El Salvador (CNB)
  • Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el contexto del conflicto armado de El Salvador (CONABÚSQUEDA)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de su misión a El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 y Art. 193 y 194; Ley Orgánica del Registro Nacional de Personas Naturales: Art. 2 y Art. 3 Lit. a y b; Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Art. 79; Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Art. 103; Decreto Presidencial No. 5-2010: Art. 2; Decreto Presidencial No. 33-2017: Art. 3; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 No. 1 y 2.
Observaciones
Actualización
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