Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité está preocupado por la disminución de los fondos asignados a las medidas no privativas de la libertad y, haciendo referencia a su observación general núm. 10 (2007), sobre los derechos del niño en la justicia de menores, y recordando su recomendación anterior (CRC/C/SLV/CO/3-4, párr. 88 ), recomienda al Estado parte que: a) Adopte las medidas necesarias para establecer un sistema especializado de justicia penal juvenil de conformidad con la ley, que abarque medidas no privativas de la libertad como el recurso a medios extrajudiciales, la mediación o la terapia;
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61851a Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art. 131 literal 51- y Art.133 literal 11-, 21- y 31; Ley orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 6. del literal a) al i); Ley de Protección Especial para la Niñez y la Adolescencia: Artículo 134 y 135 literal 1. y 2., Art.180 literal a), d), e), g) y h); Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
Actualización
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