Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En relación con sus observaciones generales núm. 4 (2003), sobre la salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención, y núm. 20 (2016), sobre la efectividad de los derechos del niño durante la adolescencia, el Comité insta al Estado parte a: a) Adoptar medidas urgentes para abordar, prevenir y reducir los embarazos en la adolescencia, en particular garantizando el acceso generalizado de los adolescentes de ambos sexos a anticonceptivos y a servicios de salud sexual confidenciales, adecuados a la edad y que tengan en cuenta las cuestiones de género;
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61836a Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Ley de protección integral para la niñez y la adolescencia: Art. 25 literal c, Art. 30, Art. 32; Código de Salud: Art. 42, Art.45; Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres: Art. 26; Ley de protección integral para la niñez y la adolescencia: Art. 86, Art.134, Art.135 del literal 1. al 26; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Art. 4.- del literal a) al k); Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
Actualización
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