Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Si bien celebra las medidas adoptadas por el Estado parte en relación con la salud y la educación de los niños con discapacidad y la recopilación de datos relativos a ellos, el Comité, haciendo referencia a su observación general núm. 9 (2006), relativa a los derechos de los niños con discapacidad, recomienda al Estado parte que adopte un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos y que: d) Elabore programas de sensibilización, con la participación de los niños con discapacidad, dirigidos a los profesionales de la salud y la educación, la población y las familias, para combatir la estigmatización y los prejuicios contra los niños con discapacidad y promover una imagen positiva de estos.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61833d Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art. 194 romano i., literal 1- y 13-. Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: Art. 11. literal 1o.) y 13o.). Ley de Protección Integral para la Niñez y la Adolescencia: Art.134, Art. 180 literal h), Art.135 del literal 1. al 26. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
Actualización
Regresar