Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité celebra la promulgación de la Ley Especial de Adopciones de 2016 y alienta al Estado parte a que asigne a la autoridad central de adopción recién creada los recursos necesarios para funcionar y garantizar la coordinación efectiva de las entidades que participan en el proceso de adopción, mejore la recopilación de datos desglosados y aclare las condiciones necesarias para que las familias de guarda puedan adoptar a un niño.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61832 Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Consejo de Ministros (Consejo de Ministros)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art.131 literal 8-, Art. 167 Ord. 3º, Art. 194 y Art. 227; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica: Art. 12 literal 1, Art.27 y Art.28; Ley de Protección Integral para la Niñez y Adolescencia: Art. 134, Art.135 del literal 1. al 26., Art. 151 y Art.180 literal g); Ley de Adopciones: Art. 45; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4 y Art. 36 numeral 10.
Observaciones
Actualización
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