Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité observa la insuficiente aplicación de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia de 2009, en particular del Sistema Nacional de Protección de la Niñez y la Adolescencia, y recomienda al Estado parte que asigne los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su aplicación y revise las disposiciones sobre los procedimientos administrativos y judiciales para garantizar el acceso de los niños a los servicios de protección y a la justicia
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-6185 Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Fortalecimiento institucional
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Consejo de Ministros (Consejo de Ministros)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 Ord. 8º, Art. 167 Ord. 3º, Art.194, Art. 227, Art. 194 II. Literal 1); Ley de protección integral de la niñez y adolescencia: Art. 151; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4, Art. 36 numeral 10 Manual de Organización de la Dirección General de Presupuesto, citado el apartado 6.1.3 que habla de las funciones de este Ley de protección integral de la niñez y adolescencia: Art. 103, Art.105 literal a), b), c), d), e), f), g), h) i), Art.134, Art.135 numeral 9 y 22, Art.146 literal j), art.149 literal 9), Art.153, Art. 154, Art.179, Art.214, Art.220; Ley orgánica de la Procuraduría General de la República: Art. 27; Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos : Art. 11; Reglamento interno y de funcionamiento del consejo nacional de la niñez y de la adolescencia: Art. 38 y Art.40; Reglamento de la Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 19; Decreto de creación de los juzgados especializados de la niñez y la adolescencia: Art. 4.
Observaciones
Actualización
Regresar