Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Adopte inmediatamente medidas para derogar o revisar todas las disposiciones legales a fin de prohibir los tratamientos médicos y los internamientos forzosos por considerar que estas personas “no son aptas para comparecer ante los tribunales”;
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1929a Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Derecho de igualdad ante la ley
  • Derechos de las personas con discapacidad
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Asamblea Legislativa (AL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131; Decreto de creación del consejo nacional de atención integral a la persona con discapacidad: Art. 4; Ley de la PDDH: Art. 11, 12; Reglamento de organización y funciones de la procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 20; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
Actualización
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