Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Desarrolle, promulgue y supervise la aplicación de normas mínimas y directrices sobre la accesibilidad de las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público.
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1919b Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de las personas con discapacidad
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Decreto de Creación del Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad: Art. 1, 4, 12; Ley de la PDDH: Art. 2, Art. 11; Reglamento de la PDDH: Art. 26; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
Actualización
Regresar