Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación También recomienda que se reconozca en su legislación que la denegación de ajustes razonables es una forma de discriminación por motivos de discapacidad.
Código de referencia CRPD/C/SLV/CO/2-3c1992 Fecha de recomendación 01/10/2019 Mecanismo Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derechos de las personas con discapacidad
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD): Observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 168, Art. 131; Decreto de creación del consejo nacional de atención integral a la persona con discapacidad: Art. 4, Art. 12; Ley de la PDDH: Art. 2, Art. 11, Art. 12; Reglamento de organización y funciones de la procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 20, Art. 21; Reglamento del órgano ejecutivo: Art. 53-A, Art. 53-B, Art. 45E.
Observaciones
Actualización
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