Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El órgano judicial debe asignar recursos humanos y financieros para fortalecer la capacidad técnica del Instituto de Medicina Legal. Dicho fortalecimiento debe incluir la capacitación y certificación de su personal en antropología forense siguiendo los estándares internacionales en la materia tales como el Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas 2016) y el Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes (Protocolo de Estambul). Debe evaluarse la posibilidad de establecimiento, preferentemente a través de un acto legislativo, de una institución de ciencias forenses autónoma e independiente con certificación internacional
Código de referencia A/HRC/45/45/Add.2c94 Fecha de recomendación 09/07/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Instituto de Medicina Legal (IML)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131; Ley Orgánica del Poder Judicial: Art. 2, 11, 15; IML: Art. 12, 27; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 36; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 3, 4.
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