Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación La Asamblea Legislativa debe adoptar una ley que declare el 30 de agosto “Día nacional de las víctimas de desaparición forzada”.
Código de referencia A/HRC/45/45/Add.2c80 Fecha de recomendación 09/07/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la identidad de género
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Fortalecimiento institucional
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Presidencia de la República (PR)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131, 133, 168, 134, 136, 137.
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