Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación “13. d) Supervise la aplicación de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres y aumente la conciencia de los jueces, abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley acerca del marco de la igualdad entre los géneros, en particular el significado y el alcance de la discriminación directa e indirecta.”.
Código de referencia CEDAW/C/SLV/CO/8-9-REC-D13d) Fecha de recomendación 09/03/2017 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derechos relacionados
  • Fortalecimiento institucional
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ)
  • Escuela de Capacitación Judicial (ECJ)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Observaciones finales sobre los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 187 inc. 2º; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4; Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres, Art. 8 literal 2), 3), 4) y 7); Ley de Creación del ISDEMU: Art. 4 literal d); Ley del Consejo Nacional de la Judicatura: Art. 7 literal d), Art. 39 literal a), c) y d) y Art. 40 literal d).
Observaciones
Actualización
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