Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación “13. El Comité, de conformidad con su recomendación general núm. 33 (2015), sobre el acceso de las mujeres a la justicia, recomienda al Estado parte que: a) Asigne recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para que la recientemente creada jurisdicción especial para los delitos contra la mujer pueda funcionar de manera efectiva”.
Código de referencia CEDAW/C/SLV/CO/8-9-REC-D13a) Fecha de recomendación 09/03/2017 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Observaciones finales sobre los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4; Constitución de la República: Art. 182 Ord. 5º; Decreto para la Creación de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres: Art. 14, literal a), b), c) y d).
Observaciones
Actualización
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