Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité recomienda al Estado parte adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados respecto a cualquier medida legislativa o administrativa susceptible de afectar sus derechos, con miras a obtener el consentimiento libre, previo e informado, asegurando que las consultas se lleven de manera oportuna, sistemática y transparente con la debida representación de los pueblos afectados y respetando las características culturales y tradiciones de cada pueblo, incluyendo aquellas relativas a la toma de decisiones. Para tal efecto, el Comité alienta el Estado parte a realizar a la brevedad una consulta sobre el proyecto de ley sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como en cuanto a la elaboración e implementación de las ordenanzas municipales.
Código de referencia CERD/C/SLV/CO/18-19-C23e Fecha de recomendación 13/09/2019 Mecanismo Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD)
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derechos de los grupos étnicos (pueblos indígenas o población afrodescendiente)
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Cultura (MICULTURA)
  • Ministerio de Desarrollo Local/Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (MINDEL/FISDL)
  • Alcaldías Municipales (Alcaldías)
Fuente que surge la recomendación Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (ICERD): Observaciones finales sobre los informes periódicos 18 y 19 de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 No. 5, Art. 194 Rom. I Ord. 1, Art. 204 No. 5; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 45-C No. 17, Art. 45-E No. 3 y 4; Ley de Cultura: Art. 28.
Observaciones
Actualización
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