Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Estado parte debe adoptar medidas para informar y educar al público sobre el Pacto y su Protocolo Facultativo, incluyendo a través de campañas de concienciación y de capacitación de abogados, jueces y fiscales, así como difundirlos ampliamente. Debe también asegurar la creación de un mecanismo nacional de presentación de informes y seguimiento efectivo para coordinar el proceso de preparación de informes, seguimiento e implementación de las observaciones finales del Comité, el cual asegure una consulta amplia y abierta con la sociedad civil, incluyendo con representantes de grupos indígenas y minoritarios durante el proceso.
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-6-C6 Fecha de recomendación 09/05/2018 Mecanismo Comité de Derechos Humanos (CCPR)
Derechos relacionados
  • Difusión y promoción de derechos humanos
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Procuraduría General de la República (PGR)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Comisión Coordinadora del Sector Justicia (CCSJ)
  • La Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES)
Fuente que surge la recomendación Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR): Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de El Salvador
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131 No. 5, Art. 167 No. 2, Art. 187, Art. 172, Art. 194 Rom. I No. 1, 8 y 13, Art. 55; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Art. 32 y 49; Ley Orgánica de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: Art. 44; Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Art. 1, 86 Lit. f, 103 y 105; Ley Orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia y de la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 1, 3 Lit. b, c, i, 6 Lit. c; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Art. 4 Lit. c y e; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres: Art. 4 Lit. c y e.
Observaciones
Actualización
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