Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En cuanto al acceso a la justicia, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que vele por que: Las personas victimizadas por las maras puedan acceder a la justicia y no sean penalizadas por cualquier acción realizada durante su sometimiento a situaciones de servidumbre.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-69D Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derechos de las personas migrantes desplazadas y deportadas
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional contra la Trata de Personas (CNCTP)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 14 y 172; Código Procesal Penal: art. 50, 51 y 53; Ley Especial para la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: art. 2 Lit. e, 51, 103 y 105; Ley Especial Contra la Trata de Personas: art. 3 Lit. a, 5 Lit. d y f y 7.
Observaciones
Actualización
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