Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación En cuanto al acceso a la justicia, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que: Elabore medidas de protección específicas para los migrantes que llegan a El Salvador a fin de garantizar que no se vean sometidos a situaciones de servidumbre doméstica.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-68A Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derechos de las personas migrantes desplazadas y deportadas
Instituciones responsables
  • Consejo Nacional contra la Trata de Personas (CNCTP)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art. 32 No. 30 y Art. 35 No. 1 y 14; Ley Especial de Migración y Extranjería: art. 1, 3, 5 No. 3, 6 No. 2 y 72-73; Ley Especial para la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: art. 2 Lit. e, 41, 64, 103 y 105; Ley Especial Contra la Trata de Personas: art. 3 Lit. a, 5 Lit. d y f, 7; Proceso de Habeas Corpus 6-2011.
Observaciones
Actualización
Regresar