Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Por lo que respecta a las formas contemporáneas de la esclavitud en el contexto de las actividades de las maras, la Relatora Especial recomienda al Gobierno que: Asigne recursos específicos para garantizar la protección de los derechos de las mujeres y los niños en su labor orientada a erradicar la violencia de las maras, y se asegure de que sus derechos y necesidades y vulnerabilidades específicas se tengan en cuenta y se incorporen en todas las políticas y prácticas relacionadas con la seguridad.
Código de referencia A/HRC/33/46/Add.1-62F Fecha de recomendación 03/08/2016 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Derecho a la libertad personal
  • Derecho a la seguridad personal
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las mujeres
  • Fortalecimiento institucional
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Ministerio de Hacienda (MH)
  • Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP)
  • Corte Suprema de Justicia (CSJ)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, sobre su misión a El Salvador (RECFCECC)
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: art. 131 No. 8 y art. 182 No. 13; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: art. 35 No. 1 y 2, art. 167 Ord. 3º, art. 36 No. 1, 3 y 4; Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: art. 103, 105 y135 No. 9; Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: art. 8 Lit. B.
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