Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación Adoptar las medidas necesarias para combatir la discriminación a todos los niveles y proteger los derechos humanos de las mujeres y las niñas de minorías étnicas, las personas con discapacidad, los migrantes, los desplazados internos y otros grupos vulnerables, alineados con una perspectiva de género (Ecuador).
Código de referencia A/HRC/43/5-103.24 Fecha de recomendación 02/01/2020 Mecanismo Consejo de Derechos Humanos
Derechos relacionados
  • Marco jurídico y reforma legal
  • Derecho a la protección contra la discriminación
  • Derechos de la niñez y adolescencia
  • Derechos de las personas con discapacidad
  • Derechos de las personas migrantes desplazadas y deportadas
  • Derechos de los grupos étnicos (pueblos indígenas o población afrodescendiente)
Instituciones responsables
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT)
  • Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (SNPINA)
  • Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU)
  • Ministerio de Salud (MINSAL)
  • Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad, (CONAIPD)
  • Consejo Nacional de Atención Integral a los Programas de los Adultos Mayores (CONAIPAM)
  • Ministerio de Cultura (MICULTURA)
  • Sistema Nacional de Atención y Protección Integral a Personas en Condición de Desplazamiento Forzado Interno (SINAPI)
Fuente que surge la recomendación Asamblea General: Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (EPU), tercer ciclo de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución de la República: Art. 131, Art. 63; Ley General de Educación: Art. 5-A; Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres: Art. 20, Art. 2, Art. 23 Lit. d; Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: Art. 1; Ley Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer: Art. 4 Lit. e; Decreto de Creación del Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad: Art. 4; Ley de Equiparación de Oportunidades para Personas con Discapacidad: Art. 2; Ley de Atención Integral para la Persona Adulta Mayor: Art. 1, Art 5; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 45-C No. 17; Ley de Cultura: Art. 30; Ley Especial para la Atención y Protección Integral de Personas en condición de desplazamiento forzado interno: Art. 4.
Observaciones
Actualización
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