Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité recuerda sus recomendaciones anteriores (CRC/C/OPAC/SLV/CO/1) y solicita al Estado parte que facilite información sobre: A) La prohibición por ley del reclutamiento de niños menores de 15 años en las fuerzas o los grupos armados, y su participación directa en las hostilidades;
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61854a Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Asamblea Legislativa (AL)
  • Presidencia de la República (PR)
  • Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Instituto Salvadoreño para ell Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art. 131 literal 51-, Art. 133 literal 11-, 21- y 31 y Art.194 Romano I, literal 1-, 5-, 8- y 10; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4; Ley orgánica de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y la Unidad Técnica Ejecutiva: Art. 6 del literal a) al h); Ley de Protección Especial para la Niñez y la Adolescencia: Art. 134, Art. 135 literal 1. y 2., Art.180 literal a), d), e), g), h).
Observaciones
Actualización
Regresar