Sistema Universal de Derechos Humanos
Recomendación El Comité recomienda al Estado parte que adopte las medidas necesarias para: a) Asegurar que la Procuraduría Adjunta para los Derechos de la niñez y adolescencia, Adolescencia y Juventud, que es parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, esté facultada para recibir, investigar y tramitar las denuncias de los niños teniendo en cuenta sus necesidades
Código de referencia CRC/C/SLV/CO/5-61810a Fecha de recomendación 29/11/2018 Mecanismo Comité de los Derechos del Niño (CRC)
Derechos relacionados
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Fortalecimiento institucional
  • Derechos de la niñez y adolescencia
Instituciones responsables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE)
  • Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA)
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH)
Fuente que surge la recomendación Convención sobre los Derechos del Niño (CRC): Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de El Salvador.
Base legal de las competencias de las instituciones. Constitución: Art. 194 I; Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 11 literal 1) y 11); Ley de Protección Integral de la niñez y Adolescencia: Art. 103, Art. 134 y Art. 135; Reglamento de la Ley de la Procuraduría para la defensa de los derechos humanos: Art. 19; Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo: Art. 32 numeral 4.
Observaciones
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