Archivo de prensa de El Salvador
Fecha 15/10/2019 Medio de comunicación El Diario de Hoy (EDH )
Titular Diputados incluyen delito de desaparición forzada en ley
Resumen Al establecer mayores penas hacen la diferencia en la reforma al artículo 148 del Código Penal, adicionando el literal “A”, que establece que el delito de desaparición forzada cometido por personas particulares será penado con cárcel de entre 15 a 25 años.
Lugar de los hechos Todos los departamentos Fuentes Asamblea Legislativa (FMLN, María Imelda Rivas), Asamblea Legislativa (GANA, Mario Tenorio )
Derechos humanos
  • Derecho a la libertad personal
Temas Desaparición forzada
Hechos violatorios Falta de garantías procesales
Hipótesis de los hechos Y cuando el delito sea perpetrado por el crimen organizado o pandillas será penalizado con entre 25 a 30 años de prisión.
Población vulnerable Población salvadoreña Tipo de arma N/A
Víctimas N/A Victimario o presunto agresor N/A
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